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Es una intrusa y, por tanto, puede ser desalojada, la hija que ocupa sin autorización el inmueble de su madre, aun cuando la madre, que está viva, le haya legado el inmueble por testamento. Según el artículo 895 del Código Civil, los testamentos solo tienen vigencia y eficacia cuando haya fallecido el testador, además de que, conforme al artículo 718 del mismo código, las sucesiones solo se abren por la muerte del de cujus. SCJ, 1.ª Sala, 29 de junio de 2022, núm. SCJ-PS-22-2032, B. J. 1339, pp. 2467-2475.
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