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Para que se configure el interés casacional por resolver la sentencia impugnada cuestiones en oposición a la doctrina jurisprudencial de la Corte de Casación, es necesario que en el memorial de casación se cumplan los siguientes requisitos: (i) se citen dos o más sentencias de la Primera Sala con criterio opuesto al contenido de la sentencia impugnada y (ii) se razone cómo, cuándo y en qué sentido la decisión impugnada ha vulnerado o desconocido la jurisprudencia establecida en ellas.
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