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Aun cuando los elementos relativos a la posesión hayan sido valorados en el saneamiento, ante los alegatos de la parte recurrente de su desconocimiento durante el proceso de saneamiento y de haber tenido la posesión del inmueble saneado por más de sesenta años, el tribunal superior de tierras debió valorar las pruebas aportadas y examinar en otro sentido las medidas de instrucción solicitadas, las cuales fueron rechazadas sobre la base de que la falta de posesión no daba lugar al recurso de revisión por causa de fraude, planteamiento que resulta contrario a derecho y a la naturaleza del recurso. SCJ, 3.ª Sala, 20 de octubre de 2023, núm. SCJ-TS-23-1256, B. J. 1355, pp. 6874-6884.
Para que la revisión por causa de fraude sea admitida, es necesario que los recurrentes que fueron partes del proceso de saneamiento propongan en el recurso medios distintos a los que fueron propuestos y rechazados en dicho proceso. SCJ, 3.ª Cám., 11 de febrero de 2009, núm. 26, B. J. 1179, pp. 1072-1077.
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