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En una litis sobre derecho registrado en la que la compradora solicita la transferencia de un inmueble cuyo precio no ha sido saldado en su totalidad, el tribunal, al acoger la solicitud de transferencia a favor de la compradora, puede ordenar de oficio la inscripción del privilegio del vendedor no pagado para garantizar el pago del saldo insoluto del precio de venta sin que con ello incurra en un fallo extra petita.
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