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1. Se prorrogan hasta el 29/7/2020 la presentación y pago de las siguientes obligaciones tributarias:
2. Los contribuyentes del impuesto sobre la renta, personas jurídicas o negocios de único dueño quedan exonerados del pago de Anticipos de ISR para el periodo fiscal junio 2020, con fecha de vencimiento 15/7/2020. Esta disposición no aplica para los grandes contribuyentes nacionales.
3. Se reitera que los contribuyentes con cierre fiscal diciembre que aún no han efectuado la declaración jurada IR-2 deberán pagar el anticipo del mes anterior, sin considerar cualquier reducción parcial que se haya autorizado.
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