El registro de marcas en la República Dominicana está regido por la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial y su Reglamento de Aplicación.
El proceso para registrar una marca es como sigue:
- La búsqueda preliminar es opcional si se quiere determinar si la marca solicitada está disponible para registro en la clase deseada. La búsqueda puede tomar hasta cinco días laborables. Si el tiempo es un factor.
- Si la búsqueda no excluye el registro de la marca, se podrá proceder a solicitar el registro de la marca.
- Si la solicitud cumple con los requisitos legales, la Oficina Nacional de Propiedad Intelectual (ONAPI) permitirá al solicitante pagar la publicación de un extracto de la solicitud en su boletín. Los terceros interesados tendrán 45 a partir de la publicación en el boletín para objetar la solicitud. Si la solicitud no es objeto de oposición dentro de dicho plazo, o si la objeción presentada es rechazada, la ONAPI expedirá al solicitante un certificado de registro de marca válido por diez años, que podrá ser renovado a su vencimiento. El proceso completo sin oposición toma de cuatro a cinco meses.
Para proceder a solicitar el registro, el solicitante debe presentar los documentos siguientes:
- Nombre completo y domicilio del solicitante.
- Poder firmado por el solicitante, autentificado por el consulado dominicano más cercano, o apostillado. El original del poder deberá ser depositado con la solicitud de marca.
- Descripción de los productos o servicios que se desea proteger con el registro, agrupados por clases, conforme a la clasificación internacional de productos y servicios.
- Si la solicitud se basa en un registro extranjero, una copia certificada de dicho registro, autenticada en el consulado dominicana más cercano o apostillada.
- Cuando se trate de marcas denominativas, estilizadas, con forma, tipo o color particulares, o de marcas figurativas, mixtas o tridimensionales con o sin color, se requiere depositar seis ejemplares con un tamaño mínimo de 15 cm x 15 cm.
- Si el solicitante es una persona física, una copia de la primera página de su pasaporte y de su documento de identidad. Si el solicitante extranjero es una persona moral o sociedad, una copia del certificado de incorporación y una copia del pasaporte del representante legal de la sociedad (presidente, vicepresidente, etc.), sin necesidad de legalización consular.
- Una copia del certificado de registro de la marca en el país desde donde se está solicitando el registro de la marca en la República Dominicana, sin necesidad de legalización consular, aun si el registro no está basado directamente en un registro extranjero.