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La astreinte convencional es la cantidad de dinero que las partes fijan contractualmente, como medio coercitivo, para el caso de que el deudor no cumpla su obligación. La astreinte convencional difiere de la cláusula penal, que constituye una estimación global a precio alzado que convienen las partes de los daños y perjuicios en caso de incumplimiento de una obligación, ya sea total o parcial. Una astreinte convencional puede acumularse con una cláusula penal, dado a que esta última tiene un fin reparador, mientras que la primera es un medio para constreñir al deudor a ejecutar su obligación, con total independencia, en principio, de los daños y perjuicios irrogados.
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