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La inobservancia del artículo 20, párrafo II, de la Ley 2-23, en lo que respecta al depósito en los quince días hábiles del acto de emplazamiento del recurso de casación, hace presumir su inexistencia, máxime ante la incomparecencia de la parte recurrida, que se considera en indefensión. No obstante, si el acto de emplazamiento fue realizado válidamente dentro del plazo de cinco días establecido en el artículo 19 de la Ley 2-23 y la parte recurrida ejerce adecuadamente, sin incurrir en defecto, sus medios de defensa, no se pronunciará la caducidad del recurso, ya que esta no opera de pleno derecho.
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