Agradecemos su interés en nuestros servicios. Si desea consultarnos, complete el siguiente formulario con su información personal y envíenos sus preguntas. Le responderemos tan pronto como sea posible.
El Tribunal Constitucional (TC) declaró la inconstitucionalidad de la Ley No. 550-14, que instituye un nuevo Código Penal en la República Dominicana, cuya entrada en vigencia estaba pautada para el 27 de diciembre. La alta corte estableció la continuación de la vigencia del Código Penal, promulgado mediante Decreto-Ley núm. 2274 del 20 de agosto de 1884.
El anulado Código Penal establece una amplia y profunda reforma de la centenaria norma vigente, entre ellas el principio de cúmulo de pena, eleva hasta 40 años la prisión para el sicariato y el feminicidio, además de contemplar una serie de sanciones para la corrupción y el tráfico de influencia. Esta decisión anula los artículos 107, 108, 109 y 110 de la Ley 550-14 que permitían el aborto selectivo e incluían las responsabilidades y los asuntos penales del aborto.
Agradecemos su interés en nuestros servicios. Si desea consultarnos, complete el siguiente formulario con su información personal y envíenos sus preguntas. Le responderemos tan pronto como sea posible.