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Un Tribunal de Santiago ordenó al Ayuntamiento de esa ciudad a retirar de todos los espacios públicos la propaganda política, señalando que esa práctica viola la ley Electoral que establece la fecha en la que debe iniciarse la campaña política, acogiendo así un recurso de amparo interpuesto por la Fundación Masada, de esa ciudad. La decisión adoptada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago se basó en que la ley electoral vigente dispone que la campaña electoral se inicia con la proclama oficial que hace la Junta Central Electoral 90 días antes de cada elección.
Por tanto, la decisión también dispone que la Junta Municipal Electoral de Santiago debe limitar a ese período la colocación de propaganda política en los espacios públicos. En el proceso también actuó como interviniente voluntario la agrupación cívica no partidista Santiago Somos Todos, que respaldó la posición de la Fundación Masada.
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