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Con el número 550-14 se convirtió en ley el Código Penal dominicano, luego de ser promulgada por el presidente Danilo Medina y que los diputados modificaran los artículos 107 al 110 que componen la Sección III, sobre el aborto. En virtud de los cambios —producto de la observación hecha por el mandatario al proyecto aprobado originalmente—, se incluyó la figura del aborto terapéutico en casos extraordinarios como salud, incesto o violaciones sexuales. Para este procedimiento se proyecta una ley especial que será conocida por el Congreso en la próxima legislatura. La Ley 550-14 entrará en vigencia un año después de su publicación en la Gaceta Oficial.
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